A estos precios que se deberán pagar al Ayuntamiento, mediante autoliquidación que se obtendrá en el propio Ayuntamiento, habrá que sumar los honorarios correspondientes a la documentación técnica a aportar, Proyecto Técnico visado o Certificado suscritos por técnico competente, cuyo valor variará en función del tipo y dimensiones de la actividad a legalizar.
Para más información al respecto pueden solicitarla a través de ESINEINCA INGENIERÍA, estudio de ingeniería afincado en Zona Sur de Madrid desde 2003 y donde se han realizado más de 2.000 Licencias de Apertura.
Más concretamente, las tarifas actuales publicadas en la Ordenanza Fiscal reguladora de este tipo de actos son: Se tomará como base la cuota a satsifacer por Actividades Económicas del Impuesto Industrial, el valor de la maquinaria e instalaciones industriales reflejadas en el presupuesto del proyecto técnico presentado en el Ayuntamiento al solicitar la licencia o, en su caso, la superficie del local.
El tipo de gravamen a aplicar será del 200% de la cuota de Actividades Económicas y el 4% del presupuesto de maquinaria e instalaciones. En el caso que no se tribute por Actividades Económicas, el 4% del presupuesto de maquinaria e instalaciones y 0,70 €/m2 de supercficie cubierta y de 0,35 €/m2 de superficie descubierta.